29Las opiniones expresadas en el artículo son responsabilidad exclusiva de los autores y no
necesariamente representan la posición oficial de la USAC y sus miembros.

La justicia restaurativa en delitos contra la vida:

análisis comparado en el Derecho Penal guatemalteco

Restorative justice in crimes against life: comparative analysis

in guatemalan Criminal Law

Elvia Agustín Jiménez

Doctorado en Derecho Penal y Procesal Penal

Centro Universitario de Oriente

Universidad de San Carlos de Guatemala

[email protected]

https://orcid.org/0009-0001-8813-4112

Resumen

OBJETIVO:
describir la justicia restaurativa de los delitos contra la vida en Guatemala,
comparándola con otras legislaciones.
MÉTODO: se empleó una metodología cualitativa
basada en el análisis documental exhaustivo de documentos legales, jurisprudencia

y literatura académica. La muestra incluyó textos relevantes de Guatemala y otros

países de América Latina, como Argentina y México.
RESULTADOS: la justicia
restaurativa en Guatemala ofrece una alternativa viable para la resolución de conflictos

en delitos contra la vida, enfocándose en la reparación del daño y la reintegración

del ofensor. A pesar de estar reconocida en el Código Penal y el Código Procesal

Penal, enfrenta desafíos en su implementación práctica, como la falta de recursos

y capacitación adecuada. En comparación, países como México y Costa Rica han

integrado efectivamente la participación comunitaria en sus programas, mejorando

la percepción de justicia y reduciendo la reincidencia. Las prácticas tradicionales

indígenas en Guatemala también muestran potencial para ser adaptadas al sistema

penal moderno.
CONCLUSIÓN: la investigación subraya la necesidad de fortalecer
el marco normativo y promover la capacitación continua de los operadores de justicia

para asegurar una implementación efectiva de la justicia restaurativa en delitos contra

la vida en Guatemala. La integración de prácticas tradicionales y la participación

comunitaria son esenciales para potenciar sus beneficios, reducir la reincidencia y

mejorar la reparación del daño.

Recibido:
07/02/2025
Aceptado:
15/05/2025
Publicado:
20/05/2025
Referencia del artículo

Agustín Jiménez, E. (2025). La justicia restaurativa en delitos contra la vida: análisis comparado en el

Derecho Penal guatemalteco.

Revista de Postgrado de Derecho,
1(1), 29–37.
DOI:
https://doi.org/10.36314/postgradosderecho.v1i1.3
Revista de Postgrados de Derecho Vol. 1 No. 1 Año 2025

Artículo Científico
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Revista de Postgrados de Derecho Vol. 1 No. 1 Año 2025

Abstract

OBJECTIVE:
to describe restorative justice in crimes against life in Guatemala,
comparing it with other legislations.
METHOD: a qualitative methodology based
on exhaustive documentary analysis of legal documents, jurisprudence, and

academic literature was used. The sample included relevant texts from Guatemala

and other Latin American countries, such as Argentina and Mexico.
RESULTS:
restorative justice in Guatemala offers a viable alternative for conflict resolution in

crimes against life, focusing on damage repair and offender reintegration. Despite

being recognized in the Penal Code and the Criminal Procedure Code, it faces

practical implementation challenges, such as lack of resources and adequate

training. In comparison, countries like Mexico and Costa Rica have effectively

integrated community participation into their programs, enhancing the perception

of justice and reducing recidivism. Traditional indigenous practices in Guatemala

also show potential for adaptation to the modern penal system.
CONCLUSION:
the research underscores the need to strengthen the regulatory framework and

promote continuous training of justice operators to ensure effective implementation

of restorative justice in crimes against life in Guatemala. Integrating traditional

practices and community participation is essential to enhance its benefits, reduce

recidivism, and improve damage repair.

Keywords:
restorive justice, crimes against life, comparative criminal law,
recidivism, traditional practices

Palabras clave:
justicia restaurativa, delitos contra la vida, derecho penal
comparado, reincidencia, prácticas tradicionales
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Introducción

En Guatemala, la implementación de la justicia restaurativa en delitos contra la vida dentro

del sistema penal, a pesar de que el reconocimiento se encuentra Código Penal y el Código

Procesal Penal no es practicada, esta misma ofrece una vía alternativa para abordar el daño

causado, promoviendo la reconciliación y la reparación entre las víctimas, los perpetradores

y la comunidad. Siendo que Guatemala, presenta altos índices de violencia y homicidios son

elevados, la justicia restaurativa podría contribuir significativamente a la reparación del daño

y a la reducción de la reincidencia, pero es necesario un análisis profundo de cómo integrar

efectivamente estas prácticas, siendo que es crucial evaluar las similitudes y diferencias en

la implementación de la justicia restaurativa en comparación con otros países de América

Latina. De aquí surge la interrogante sobre ¿Cómo puede la justicia restaurativa ser integrada

de manera efectiva en el derecho penal de Guatemala para abordar los delitos contra la vida,

equilibrando y contribuyendo a la reducción de la reincidencia y la reparación del daño?

La Universidad en Internet UNIR (2022) “es un paradigma de justicia en el ámbito penal que

pone el foco en la víctima y en su reparación del daño a través de la mediación y el diálogo”.

Este concepto tiene raíces en prácticas ancestrales de resolución de conflictos, como las

implementadas por los pueblos indígenas, donde se priorizaba la reparación y la reconciliación

sobre la retribución. Según Zehr (2010), “la justicia restaurativa se enfoca en tres pilares: los

daños y necesidades, las obligaciones y la participación” (p.28). En Guatemala, aunque su

aplicación es relativamente reciente, se reconoce su potencial para mejorar el sistema de

justicia penal y ofrecer soluciones más humanas y efectivas a los conflictos derivados de

delitos graves como los homicidios.

Inicialmente, se debe establecer de conformidad con el Instituto de Estudios Comparados

en Ciencias Penales en Guatemala (s.f) que, en Guatemala, la justicia restaurativa es un

paradigma que confronta los sistemas tradicionales (punitivo y rehabilitador (p. 14). Cabe

mencionar que Guatemala ha avanzado en la institucionalización de la justicia restaurativa

mediante la creación del Instituto de la Víctima de conformidad con el Decreto Número 21-

2016, que fue creado con la finalidad “de brindar asistencia y atención a las víctimas del

delito, para lograr la reparación digna a la cual tienen derecho” (p.1). Esta iniciativa refleja un

esfuerzo por equilibrar los derechos de las víctimas con los de los infractores, promoviendo así

un sistema más equitativo. Rodríguez Zamora (1998) argumenta que “la justicia restaurativa

es la necesidad de aliviar el sufrimiento de quien en sí mismo sufrió el daño y no sólo generar

castigo como venganza institucional para aquél que faltó a la ley penal” (p.176). Desde esta

perspectiva, es crucial replantear el modelo de justicia, derivado de que no solo debe ser

limitado a un castigo, sino también a reparar el daño producido a la víctima, y esto derivado de

la alta violencia que existe en Guatemala, donde la justicia tradicional no es suficiente debido

a las necesidades de las víctimas y las comunidades afectadas.
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A nivel internacional, la justicia restaurativa ha sido respaldada por diversos organismos como

la ONU, que la ve como un complemento necesario a los sistemas penales tradicionales. De

acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (1987) establece que la justicia

restaurativa, donde declara “en sus fallos ordena una serie de medidas reparativas que se

diferencian de las que se establecen dentro de un proceso o trámite incidental de naturaleza

civil en un tribunal local, por cuanto estas abarcan a la comunidad, tomando medidas que

están dirigidas a erradicar las condiciones de desigualdad o vulnerabilidad”. En Guatemala,

la implementación efectiva de este enfoque requiere un marco legal consolidado y una

mayor aceptación cultural. A pesar de los desafíos, la experiencia comparada de países

como Argentina y México muestra que la justicia restaurativa puede reducir la reincidencia y

promover una mayor cohesión social cuando se aplica correctamente.

En Guatemala, la adopción de la justicia restaurativa en casos de delitos contra la vida

representa un desafío y una oportunidad para mejorar el sistema penal, lo que conlleva a

los esfuerzos legislativos y la creación de instituciones como el Instituto de la Víctima, la

implementación efectiva de este enfoque sigue siendo limitada. La experiencia de otros países

de América Latina, como Argentina y México, muestra que la justicia restaurativa puede reducir

la reincidencia y promover la reparación del daño, beneficiando tanto a las víctimas como a

los infractores. Sin embargo, es necesario superar obstáculos culturales y fortalecer el marco

legal para asegurar su aplicación.

Materiales y métodos

El trabajo de investigación se llevó a cabo mediante un enfoque cualitativo, utilizando

principalmente la metodología de análisis documental. Se revisaron exhaustivamente

documentos legales, jurisprudencia y literatura académica relacionada con la justicia

restaurativa y el derecho penal comparado en el contexto de los delitos contra la vida. El

análisis de los datos recolectados se realizó mediante la codificación temática, lo cual permitió

identificar patrones y elaborar un marco normativo adaptado al contexto guatemalteco.

Resultados y discusión

Los resultados obtenidos en esta investigación revelan que la justicia restaurativa, al ser

aplicada en los delitos contra la vida en Guatemala, ofrece una alternativa viable y efectiva

para la resolución de conflictos, centrándose en la reparación del daño causado a las víctimas

y la reintegración de los ofensores en la sociedad, lo que permite desempeñar una mejora a

comparación del modelo tradicional de justicia.
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En primer lugar, la justicia restaurativa en Guatemala, como se ha documentado, muestra un

enfoque marcado hacia la reconciliación entre la víctima y el victimario. Este proceso, aunque

reconocido y regulado en el Código Penal y el Código Procesal Penal, todavía enfrenta desafíos

en su aplicación práctica, tales como la falta de recursos y capacitación adecuada para los

operadores de justicia. Es por ello que en países como Argentina y Colombia demuestran

que la mediación y los círculos de sentencia han sido herramientas eficaces para alcanzar

acuerdos reparatorios.

Además, al analizar la legislación y programas de México y Costa Rica, revelan que la justicia

restaurativa han logrado integrar de manera efectiva a la comunidad en el proceso, lo cual

ha facilitado no solo la reparación del daño sino también la reintegración del delincuente

siendo la naturaleza de la Justicia Restaurativa en el Poder Judicial de Costa Rica (2021)

“Un procedimiento legal, para resolver conflictos, mediante un abordaje interdisciplinario

especializado, con la participación activa de las partes, para restaurar los daños a la víctima

y la comunidad, mediante el reconocimiento del daño por parte de la persona ofensora,

procurando la inserción social, con soluciones integrales, que promueven la paz social”. En

Guatemala, sin embargo, la participación comunitaria aún es limitada y se ve como un área

de oportunidad para mejorar el impacto de estos programas. La incorporación de prácticas

comunitarias podría potenciar la percepción de justicia y reducir la reincidencia.

Otro resultado significativo es la identificación de las prácticas de justicia restaurativa derivadas

de tradiciones indígenas, según Prieto Molano (s,f) se determinan cuatro elementos que

integran la cosmovisión indígena que aplican la justicia restaurativa “ como lo es a) totalidad,

b) la energía, c) la comunión y la sacralidad“ (pp. 20-21). Cabe mencionar que, al integrarse

cada uno de estos elementos contemplados en la cosmovisión indígena, han logrado llevar a

cabo de manera efectiva la justicia restaurativa. Estas prácticas tradicionales, que incluyen la

mediación y los círculos de paz, proporcionan un marco culturalmente relevante que podría

ser adaptado y formalizado en el sistema de justicia penal guatemalteco.

Se debe resaltar, que el marco legal penal en Guatemala todavía es incipiente; factores

como la falta de sensibilización entre las autoridades judiciales y la carencia de un protocolo

claro para su aplicación han limitado su efectividad. En comparación, países como Colombia

han desarrollado programas más estructurados y con mayor apoyo institucional, lo que ha

facilitado su aplicación en casos de delitos graves. Esto se refleja según el Gobierno de

Colombia (2023), que por medio de sus programas con enfoque práctico y justicia restaurativa

busca que “se constituyan estos mecanismos en prácticas restaurativas que deben integrar un

enfoque restaurativo, metodologías y un proceso en el que, como lo dice la ley referenciada,

busque que la víctima y el imputado, acusado o sentenciado participen conjuntamente de

forma activa en la resolución de cuestiones derivadas del delito en busca de un resultado

restaurativo”.
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En cuanto a la percepción de las víctimas, los resultados indican que, en Guatemala, muchas

víctimas desconocen sus derechos y las opciones disponibles dentro del marco de la justicia

restaurativa. En contraste, en Argentina y Costa Rica, se ha hecho un esfuerzo considerable

para informar y empoderar a las víctimas, permitiéndoles participar activamente en el proceso

de justicia.

Se debe agregar que los programas de justicia restaurativa pueden reducir significativamente

la reincidencia al abordar las causas subyacentes del comportamiento delictivo y promover

la responsabilidad del infractor. En Guatemala, sin embargo, la implementación de estos

programas aún es limitada y requiere un mayor apoyo gubernamental y comunitario, lo que

conlleva a que este tipo de justicia no sea practicada en Guatemala, además de versar

sobre lagunas en cuanto a la compensación hacia las víctimas y el nulo seguimiento (apoyo

psicológico, moral, trabajo u educativo) después de un tiempo.

Otro aspecto crítico identificado es la necesidad de formación y capacitación continua para los

operadores de justicia, incluyendo jueces, fiscales y defensores públicos, en técnicas de justicia

restaurativa. En países como México, se han implementado las bases de la justicia restaurativa

mediante la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en

Materia Penal (2014). “Los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia

penal tienen como finalidad propiciar, a través del diálogo, la solución de las controversias

que surjan entre miembros de la sociedad…(p.1)” , mientras que en Guatemala, todavía se

mantiene una justicia retributiva que consiste en “retribuir al delincuente con un castigo, es

decir, con la pena, en especial la de privación de la libertad por el mal causado a la víctima

con el delito” (Márquez, 2007, p. 204).

Continuando con lo anterior, otro aspecto importante es la eficacia del proceso, se observa

que la justicia restaurativa no solo beneficia a las víctimas y los ofensores, sino que también

puede tener un impacto positivo en la comunidad en general. En Guatemala, la creación

de espacios para el diálogo y la participación comunitaria podría fortalecer el tejido social y

promover una cultura de paz y reconciliación.

Finalmente, los resultados subrayan la importancia de adaptar los modelos de justicia

restaurativa a las particularidades culturales y sociales de cada país, lo cual conlleva que

debe comprenderse que la justicia restaurativa es un concepto evolucionado de la reparación

digna, que establece la participación en el proceso de restauración de los Derechos Humanos

del victimario, de la víctima del delito, de la comunidad que se vio afectada y del Estado, con

el objeto de que las cosas vuelvan al estado anterior del acontecimiento delictivo.

La discusión de estos resultados destaca la necesidad de un enfoque holístico y adaptativo

en la implementación de la justicia restaurativa en Guatemala. Para lograr una aplicación
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efectiva, es fundamental considerar tanto las prácticas tradicionales como las innovaciones

modernas en el campo de la justicia penal. La experiencia comparada con otros países de

América Latina proporciona valiosas lecciones que pueden guiar la adaptación de estas

prácticas al contexto guatemalteco. Esto trae como objetivo final es consolidar un sistema de

justicia restaurativa que no solo atienda las necesidades de las víctimas y los ofensores, sino

que también promueva una cultura de paz y reconciliación en la sociedad guatemalteca.

Conclusión

La investigación sobre la implementación de la justicia restaurativa en los delitos contra la vida

en Guatemala ha revelado varios hallazgos clave. A pesar de los esfuerzos legislativos y la

existencia de un marco legal, la aplicación práctica de la justicia restaurativa en Guatemala es

limitada, principalmente debido a la falta de recursos, capacitación y resistencia cultural. La

investigación destaca que, aunque Guatemala ha dado pasos importantes hacia la adopción

de la justicia restaurativa en su sistema penal, enfrenta desafíos significativos que deben

abordarse para asegurar su efectividad en delitos contra la vida. Es imperativo fortalecer el

marco normativo y promover la capacitación continua de los operadores de justicia para facilitar

una implementación más efectiva. La integración de prácticas tradicionales y la promoción

de la participación comunitaria pueden potenciar los beneficios de la justicia restaurativa,

reduciendo la reincidencia y mejorando la reparación del daño. El estudio subraya la necesidad

de adaptar las mejores prácticas internacionales al contexto guatemalteco, creando un entorno

que favorezca la reconciliación y la paz social.

Referencias

Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto para la Asistencia y

Atención a la Víctima del Delito, Decreto 21- 2016.
http://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/
EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/

cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20Leyes%20Penales/expedientes/19_

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Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Nacional de Mecanismos Alternativos

de Solución de Controversias en Materia Penal.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNMASCMP.pdf

Corte Interamericana de Derechos Humanos, Opinión Consultiva OC-9/87, 6 de octubre

de 1987, Serie A No. 9. Recuperado de
http://www.CorteIDH.or.cr/docs/opiniones/
seriea_09_esp.pdf
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Gobierno de Colombia (2023) “Enfoque Prácticas y Justicia Restaurativa”
https://www.icbf.gov.
co/programas-y-estrategias/proteccion-2023/justicia-y-practica-restaurativa

Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales en Guatemala (s.f) Aproximación a

las prácticas de justicia restaurativa en el sistema de justicia penal juvenil guatemalteco

https://bice.org/app/uploads/2015/12/69.pdf

Márquez, A. E. (2007) La Justicia Restaurativa versus la justicia retributiva en el contexto del

sistema procesal de tendencia acusatoria,Universidad Militar Nueva Granada

https://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2014/04/doctrina38589.pdf

Poder Judicial de Costa Rica (2021) “Avances de Justicia Restaurativa”

https://justiciarestaurativa.poder-judicial.go.cr/evolucion

Prieto Molano, C. (s.f) “Prácticas de Justicia Restaurativa Juvenil con Elementos de

la Cosmovisión Ancestral Americana.
https://repository.usta.edu.co/bitstream/
handle/11634/43212/2022carolinaprieto.pdf?sequence=4&isAllowed=y

Rodríguez Zamora, M. G. “La justicia restaurativa: fundamento sociológico, psicológico y

pedagógico para su operatividad

https://www.scielo.org.mx/pdf/tla/v9n39/1870-6916-tla-9-39-00172.pdf

Universidad en Internet (UNIR) (2022). La justicia restaurativa: la alternativa que apuesta por

la mediación, ciencias de la salud.
https://www.unir.net/salud/revista/justicia-restaurativa/
Zehr, H. (2010) “El pequeño Libro de la Justicia Restaurativa”
https://www.icbf.gov.co/sites/de-
fault/files/el_pequeno_libro_de_las_justicia_restaurativa.pdf

Sobre la autora

Elvia Agustín Jiménez

Estudia el Doctorado en Derecho Penal y Procesal Penal en el Centro Universitario de Oriente

de la Universidad de San Carlos de Guatemala.
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Financiamiento de la investigación

Financiada con recursos propios.

Declaración de intereses

Declaro no tener ningún conflicto de intereses que pueda haber influido en los resultados

obtenidos o las interpretaciones propuestas.

Declaración de consentimiento informado

Declaro que el estudio se realizó respetando el Código de ética y buenas prácticas editoriales

de publicación.

Derechos de uso

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